Responsable: CARLOS ERNESTO FAJARDO CASTIBLANCO
Misión
Vigilar la conducta de quienes desempeñan funciones públicas a nivel municipal, salvaguardar el interés público y ciudadano, garantizar la protección de los derechos humanos, lo mismo que intervenir en los procesos policivos y penales en defensa de la ciudadanía.
Funciones Constitucionales
Personero en la vigilancia administrativa
1. Ejercer la vigilancia administrativa respecto de los empleados y trabajadores de la administración central y las entidades descentralizadas.
2. Practicar visita ordinaria y extraordinaria que proyecte a las oficinas sobre las cuales se ejercer vigilancia.
3. Iniciar e instruir las investigaciones correspondientes cuando los medios conocidos constituyen infracción al régimen disciplinario.
4. Expedir las resoluciones acusatorias o abstenerse de ello.
5. Sancionar al funcionario o trabajador público que obstaculice la labor de la vigilancia administrativa.
6. Hacer comparecer las personas extrañas a la administración que deban colocar en una investigación.
7. Suspender provisionalmente al trabajador o empleado cuando el hecho que se le investigue sea grave.
8. Designar defensor de oficio al investigado, al que no fuere posible notificarle los mismos.
9. Velar estrictamente por el cumplimiento del derecho de petición.
10. Hacer las observaciones necesarias en las distintas dependencias de orden municipal, a fin de fiscalizar la buena marcha de la administración.
11. Verificar el motivo por el cual se presentan congestiones frente a las oficinas públicas.
12. Dar cumplimiento a los términos que rige el proceso disciplinario
13. Las demás que señale la constitución y la ley.
El Personero y la salubridad pública
1. Invitar a las autoridades locales a que tomen las medidas convenientes para impedir la prolongación de las epidemias y en general los males que amenacen la población.
2. Vigilar la eficiencia y la continuidad de los servicios públicos, su equitativa distribución social y la nacionalización de los servicios públicos, su equitativa distribución social y la nacionalización económicas de las tarifas y presentar a los organismos de planeación las recomendaciones que estime convenientes.
3. Supervisar los organismos locales destinados a la programación y ejecución de planes y programas de vivienda popular, con el fin de asegurar su justa y adecuada distribución entre las familias de menores recursos económicos de su localidad.
4. Vigilar la eficiencia y la continuidad de los servicios públicos, su equitativa distribución social y la nacionalización económica de sus tarifas y presentar a los organismos de planeación las recomendaciones que estime convenientes.
5. Supervisar los organismos locales destinados a la programación y ejecución de planes y programas de vivienda popular, con el fin de asegurar su justa y adecuada distribución entre las familias de menores recursos económicos de la localidad.
El Personero como defensor de los derechos humanos
1. Recibir las quejas y reclamos que cualquier individuo o institución le hagan llegar referente a la violación por parte de los funcionarios del estado, o por agentes ajenos al gobierno, de los derechos civiles y políticos y de las garantías sociales.
2. Solicitar las informaciones que al respecto considere necesarias para lo cual tendrá acceso a las dependencias de carácter nacional, departamental y municipal de su jurisdicción.
3. Solicitar a los funcionarios de la rama jurisdiccional, los informes que consideren necesarios, sobre los hechos investigados que se relacionan con la violación de los derechos humanos y que hubieren sido cometidos en el respectivo municipio, sin que para tales efectos exista reserva del sumario, previo cumplimiento de las formas que el código de procedimiento penal para tales efectos.
4. Promover la acción jurisdiccional en los casos que exista fundamento para ello.
¿Qué hacer para comunicar una irregularidad?
Si tiene conocimiento de alguna irregularidad que afecte el espacio público o el interés público, denuncie. La personería está dispuesta a colaborarle en el respeto de sus derechos. Comuníquese al teléfono: Cel 57 3102426592 o al e-mail personeria@chiquinquira-boyaca.gov.co
Información de contacto
Teléfono: (+57) 8 - 7262440
Fax: (+57) 8 - 7262440
Dirección: Centro de Convivencia CIudadana - Barrio El Belencito
Correo electrónico: personeria@chiquinquira-boyaca.gov.co
Horario de atención: 8:00 a.m. a 12:00 m. y 2:00 p.m. a 6:00 p.m.