El día de ayer fue instalada, en el Palacio de la Cultura "Rómulo Rozo", la nueva Junta Directiva del Instituto Municipal del Deporte la Cultura y la Recreación de Chiquinquirá, IMDECUR, para la vigencia 2024 - 2027, convocada por el Gerente del Instituto, Licenciado Orlando Parra.
Cuyo objetivo será coordinar las principales acciones administrativas y actividades culturales y deportivas del IMDECUR, además de concederle al gerente las facultades para contratar.
Su
conformación está reglamentada en el acuerdo municipal No. 026 de 2005 y sus principales funciones se relacionan a continuación :
1. Aprobar los planes, programas y proyectos que sean presentados por el Comité del Deporte y el Comité de la Cultura
2. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto, analizar y decidir sobre sus balances y estados financieros.
3. Planificar y establecer las políticas internas del Instituto
4. Proponer a la Administración Municipal la adopción y/o modificaciones a la estructura orgánica del Instituto para someterla a la aprobación del Concejo Municipal.
5. Resolver las consultas, peticiones y/o asuntos de su competencia e inherentes al sector del deporte y la cultura en el municipio.
6. Conocer las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la Gerencia del Instituto.
7. Emitir concepto previo o autorización al Gerente del Instituto respecto a la adjudicación o celebración de contratos, cuando su cuantia exceda el mínimo legal de contratación.
8. Determinar la planta de personal, la escala salarial y los manuales específicos de funciones y de competencias laborales del Instituto.
9. Las demás señaladas por ley, los reglamentos o los estatutos
10. Aprobar el Plan Local del Deporte, la Recreación y el Aprovechamiento del tiempo libre, efectuar su seguimiento y evaluación con la participación de la comunidad.
11. Aprobar los planes y proyectos, el plan sectorial de desarrollo y el plan de
inversiones correspondiente, que deba incluirse en el plan nacional del
deporte, la recreación y la educación física.
12. Aprobar el Plan Local de la cultura, efectuar su seguimiento y evaluación con la participación de la comunidad.
13. Aprobar los planes y proyectos, el plan sectorial de desarrollo y el plan de inversiones correspondiente.